Registro constituido por el Ayuntamiento de Málaga, al amparo de la Ley 5/2002, con el fin específico de servir de instrumento de constancia y publicidad de parejas de hecho. A los efectos del Reglamento Municipal que rige este Registro, tendrá la consideración de pareja de hecho, la unión de dos personas, con independencia de su opción sexual, a fin de convivir de forma estable en relación de afectividad análoga a la conyugal.
Cualquier pareja en la que al menos uno de los miembros tenga su residencia habitual y esté empadronado en el municipio de Málaga.
Quedan excluidos:
- Los menores de edad no emancipados.
- Los que estén ligados con vínculo matrimonial o pareja de hecho anteriormente inscrita (Casados o separados sin sentencia de divorcio o con inscripción en vigor en este u otro registro de uniones civiles).
- Parientes en línea recta por consanguinidad o adopción (Padres e hijos).
- Los colaterales por consanguinidad en segundo grado (Hermanos).
- D.N.I. o Pasaporte o Tarjeta de Residencia; originales y en vigor.
- 2 Fotocopias del DNI, Pasaporte o Tarjeta de residencia.
- Fe de Vida y Estado (Registro Civil de Málaga en C/ Fiscal Luis Portero García, s/n.- Ciudad de la Justicia - Tlfo. 951 93 90 06; imprescindible que indique el estado y tenga menos de tres meses desde su expedición.
En caso de otra nacionalidad, deberán aportar Fe de Vida y Estado emitida por el organismo competente en su país de origen, visado por su Consulado. En su caso, con traducción jurada al castellano.
Ninguna.
Reglamento regulador del Registro Municipal de Parejas de Hecho del Excmo. Ayuntamiento de Málaga
Reglamento regulador del Registro Municipal de Parejas de Hecho del Excmo. Ayuntamiento de Málaga-
Decreto 35/2005, de 15 de febrero
Decreto por el que se constituye y regula el Registro de Parejas de Hecho de Andalucía.
Ley 5/2002, de 16 de diciembre, de Parejas de Hecho
Ley Andaluza que tiene por objeto establecer un conjunto de medidas que contribuyan a garantizar el principio de no discriminación en la interpretación y aplicación del ordenamiento jurídico de la Comunidad Autónoma de Andalucía para las parejas de hecho.
Si lo que desea es pedir un certificado de inscripción negativo o positivo en el registro de parejas de hecho, se ha de presentar una Instancia general con fotocopia del D.N.I. del solicitante en cualquier registro del Ayuntamiento.
Para la retirada se deberá acudir a sus oficinas en la Bda. Parque Mediterráneo presentando D.N.I. original.
Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:
Ayuntamiento de Málaga
Avenida Cervantes, 4 - 29016 - Teléfono +34.952.13.50.00

