www.malaga.eu
Inicio | > Gestiones

Solicitud de inscripción en el registro municipal de licitadores

Solicitud de inscripción voluntaria en el RML con objeto de facilitar la concurrencia y agilizar la tramitación de los procedimientos administrativos de contratación del Ayuntamiento de Málaga, sus organismos autónomos y empresas de íntegro capital municipal así como de aquellas empresas mixtas que se adhieran al sistema.


De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, informamos que la información que los licitadores provean para su inscripción en el Registro Municipal de Licitadores se incorporarán a un fichero propiedad del Ayuntamiento de Málaga con la finalidad de mantener la información de los licitadores, pudiéndose ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando procedan mediante carta escrita dirigida al Ayuntamiento de Málaga en Avenida de Cervantes, 4. 29016 Málaga

¿Quién lo puede solicitar?

Las empresas o personas físicas interesadas en inscribirse en el Registro de Licitadores del Ayuntamiento de Málaga.

Fechas y plazos:

  • Fecha de solicitud: En cualquier momento.
  • Plazo de resolución: Un máximo de tres meses.

Documentación necesaria

Los documentos podrán ser originales o copias de éstos debidamente compulsadas.
La compulsa de los mismos, podrá llevarse a cabo en las Oficinas Municipales de Atención a la Ciudadanía (OMAC), en las Juntas Municipales de Distritos o bien en el Servicio de Planificación y Seguimiento de las Contrataciones, sito en Av. de Cervantes nº 4, siendo imprescindible en cualquier caso la presentación de original y copia para su cotejo.

1- Capacidad de obrar:
Persona física: Se acreditará mediante la presentación del D.N.I. o el documento que en su caso le sustituya reglamentariamente.
Persona jurídica: Se acreditará mediante la escritura de constitución y de modificación, en su caso, debidamente inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible respecto a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.

2- Código de Identificación Fiscal de la empresa (C.I.F.)

3- Apoderamiento en escritura pública inscrita en el Registro Mercantil o, en su caso, en sus estatutos, o en el registro legal correspondiente, que tenga valor general para actuar en cualquier procedimiento de contratación ante el Ayuntamiento de Málaga, sus Organismos Autónomos, Empresas Municipales o Empresas de capital mixto que se hayan adherido al Registro. Además, se deberá aportar el D.N.I. del apoderado. El apoderamiento deberá estar bastanteado por los servicios jurídicos municipales.

4- Justificación acreditativa de estar dadas de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, cuando ejerzan actividades sujetas a dicho impuesto. Este extremo deberá acreditarse mediante presentación del Alta o del último o últimos recibos abonados, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto.

Los licitadores que se encuentren en alguno de los supuestos de exención recogidos en el art.83.1 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, acreditarán que se encuentran al corriente de esta obligación tributaria mediante los siguientes procedimientos:

1. Los que se encuentren en los supuestos de exención recogidos en las letras a), d),g), y h) del Art. 83.1 mencionado, mediante una declaración responsable de no estar obligados a presentar declaración de alta en la matrícula del impuesto según lo establecido en el número 2 del mismo articulo.
2. Aquellos cuya exención se encuentre recogida en las letras b), e), y f) del Art. 83.1mencionado, mediante la presentación del alta y/o la resolución de exención del pago del epígrafe correspondiente junto con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del impuesto.
3. Los licitadores incursos en la exención de la letra c) del Art. 83.1 acreditarán esta circunstancia con una declaración responsable en el sentido de que se encuentran en este supuesto de exención y de que no se han dado de baja en la matrícula del impuesto.

5- Certificado expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias impuestas por las disposiciones vigentes (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto de Sociedades, I.V.A., Declaración Anual de Operaciones) o, en su caso, autorización para que el Ayuntamiento pueda solicitarlo a la Agencia Tributaria.

6- Certificación expedida por la Empresa Municipal de Gestión Tributaria S.A., acreditativa de que no existen deudas de naturaleza tributaria con el Excmo. Ayuntamiento, en las mismas condiciones fijadas en el apartado 5 anterior o, en su caso, autorización para que el Excmo. Ayuntamiento pueda recabarlo.
Plazo de vigencia será de seis (6) meses desde su expedición.

7- Certificación positiva expedida por la Seguridad Social, acreditativa de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la misma, en las mismas condiciones fijadas en el apartado 5 anterior o, en su caso, autorización para que el Excmo. Ayuntamiento pueda recabarlo a la Seguridad Social.
Plazo de vigencia será de seis (6) meses desde su expedición.

8- Declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, en la que el licitador afirme no estar él ni la entidad a la que representa incursa en las causas de prohibición para contratar con la Administración contempladas en el art. 20 del texto refundido de la Ley de contratos de las Administraciones Públicas y en especial en lo dispuesto en el 'art. 49 de la Ley de Contratos del Sector Público'.
Plazo de vigencia será de seis (6) meses desde su expedición.

9- Documento acreditativo de la clasificación para los casos en que la misma deba ser exigida conforme a lo dispuesto en el art. 54 de la Ley de Contratos del Sector Público, teniendo en cuenta los límites establecidos en este precepto o que puedan señalarse en el futuro por el Ministerio de Economía y Hacienda.

SÓLO LOS DOCUMENTO ENUMERADOS EN LOS APARTADOS (1), (2), (3), (4) Y (8) SERÁN DE OBLIGATORIA PRESENTACIÓN PARA PODER SER INSCRITOS EN EL REGISTRO MUNICIPAL DE LICITADORES.

Los documentos a que hacen referencia los números (5), (6) y (7) podrán ser sustituidos por una declaración responsable efectuada por el licitador en la forma establecida en el número (8) en la que manifieste expresamente que, tanto él como la entidad a la que representa, se hallan al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, a cuyo efecto tendrá validez la declaración referida en el número (8), siempre que se amplíe su contenido manifestándose en la misma expresamente lo indicado.

No obstante, a la persona física o jurídica que vaya a resultar adjudicataria del contrato se le exigirá, como requisito previo a la adjudicación, la acreditación documental de cumplir los requisitos expuestos, concediéndosele para ello un plazo máximo de cinco días hábiles.

Si las certificaciones caducasen una vez iniciado el procedimiento, pero antes de la adjudicación del contrato, el licitador propuesto como adjudicatario deberá presentar una certificación actualizada.

Legislación aplicable:

Procedimiento:

Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

Procedimiento presencial:

  • Acudir al Registro General del Ayuntamiento, o a las Oficinas Municipales de Atención a la Ciudadanía (OMAC).
  • Entregar la solicitud y los documentos necesarios según el caso.
  • El Servicio de Planificación y Seguimiento de la Contratación revisa la documentación.
  • Se inscribe en el Registro Municipal de Licitadores y se envía una notificación al interesado/a.

Tramitación Presencial

Impresos

Lugares de tramitación

Registro General del Ayuntamiento de Málaga (Secretaría General)
AVENIDA DE CERVANTES, 4
C.P. 29016

Servicio de PLANIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN (Área de Economía y Hacienda)
AVENIDA DE CERVANTES, 4
C.P. 29016
Otros lugares: Casa Consistorial

Junta Municipal de Distrito 1 CENTRO
CALLE LA MERCED, 1
C.P. 29012
Otros lugares: 1ª planta

Junta Municipal de Distrito 2 ESTE
CALLE MARTÍNEZ FALERO, 34
C.P. 29018

Junta Municipal de Distrito 3 CIUDAD JARDÍN
CALLE ALCALDE NICOLÁS MAROTO, 18
C.P. 29014

Junta Municipal de Distrito 4 BAILÉN-MIRAFLORES
PLAZA BAILÉN, 11
C.P. 29009

Junta Municipal de Distrito 5 PALMA-PALMILLA
CALLE DOCTOR GÁLVEZ MOLL, 11
C.P. 29011

Junta Municipal de Distrito 6 CRUZ DEL HUMILLADERO
CALLE CONDE DE GUADALHORCE, 15
C.P. 29006

Junta Municipal de Distrito 7 CARRETERA DE CÁDIZ
CALLE EMILIO DE LA CERDA, 24
C.P. 29002

Junta Municipal de Distrito 8 CHURRIANA
PLAZA DE LA INMACULADA, 11
C.P. 29140

Junta Municipal de Distrito 9 CAMPANILLAS
CALLE RAMÍREZ ARCAS, 2
C.P. 29590

Junta Municipal de Distrito 10 PUERTO DE LA TORRE
CALLE VÍCTOR HUGO, 1
C.P. 29190

Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (OMAC 10 - Puerto de la Torre)
CALLE VÍCTOR HUGO, 1
C.P. 29190

Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (OMAC 1 - Centro)
CALLE LA MERCED, 1
C.P. 29012
Otros lugares: 1ª planta

Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (OMAC 2 - Málaga Este)
CALLE ALONSO CARRILLO DE ALBORNOZ, 3
C.P. 29017
Otros lugares: Mercado Municipal de El Palo, primera planta

Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (OMAC 3 - Ciudad Jardín)
CALLE ALCALDE NICOLÁS MAROTO, 18
C.P. 29014
Otros lugares: CP: 29014

Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (OMAC 4 - Bailén Miraflores)
PLAZA BAILÉN, 11
C.P. 29009

Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (OMAC 5 - Palma Palmilla)
CALLE DOCTOR GÁLVEZ MOLL, 11
C.P. 29011

Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (OMAC 6 - Cruz de Humilladero)
CALLE FERNÁNDEZ FERMINA, 4
C.P. 29006
Otros lugares: bajo

Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (OMAC 7 - Carretera de Cádiz)
CALLE EMILIO DE LA CERDA, 24
C.P. 29002

Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (OMAC 8 - Churriana)
PLAZA DE LA INMACULADA, 11
C.P. 29140

Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (OMAC 9 - Campanillas)
CALLE RAMÍREZ ARCAS, 2
C.P. 29590

 

Ayuntamiento de Málaga

Avenida Cervantes, 4 - 29016 - Teléfono +34.952.13.50.00