Delegaciones del ejercicio de funciones de fe pública

Delegaciones del ejercicio de funciones de fe pública del órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local

El artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, reserva el ejercicio de ciertas funciones públicas en las corporaciones locales a personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional. Una de estas funciones es la de Secretaría, que comprende la fe pública.

La disposición adicional octava de esta misma ley permite a la persona titular del órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local delegar el ejercicio de algunas de sus funciones de fe pública en personal propio de la corporación. Estas delegaciones son publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia («BOP») de Málaga. Con el fin de lograr una mayor transparencia, las delegaciones de este tipo efectuadas por la persona titular del órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local desde mayo de 2026 son publicadas también en el portal de transparencia del Ayuntamiento. Si la publicación de una delegación se encuentra pendiente, se facilita el texto de la resolución adoptada.

Delegaciones generales

En el ámbito del Ayuntamiento, la gran mayoría de las delegaciones de la persona titular del órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local se rigen por lo dispuesto en la Resolución de la Alcaldía de 11 de mayo de 2026 con n.º de orden 2026/7183. De conformidad con la anterior, la relación de personal funcionario del Ayuntamiento en la que se han delegado funciones de fe pública en base a la citada resolución debe ser publicada en el portal de transparencia.

En los enlaces que se incluyen a continuación puedes acceder a los siguientes documentos:

  1. Resolución de la Alcaldía de 11 de mayo de 2026 con n.º de orden 2026/7183
  2. Relación de personal funcionario que cuenta en la actualidad con delegaciones para el ejercicio de funciones de fe pública en base a la resolución citada en el punto 1, en .pdf y en .csv
  3. Relación de personal funcionario con el histórico de delegaciones del ejericicio de funciones de fe pública en base a la resolución citada en el punto 1, en .pdf y en .csv

Otras delegaciones

Abajo encontrarás, ordenadas de más recientes a más antiguas, otras resoluciones de la Alcaldía autorizando a la persona titular del órgano de apoyo de la Junta de Gobierno Local a delegar el ejercicio de funciones de fe pública en personal funcionario de la corporación en supuestos particulares.