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índice Normativas P.G.M.O.U.   ORDENANZAS PEPRI CENTRO. INDICE

 

CAPITULO 1.- DEFINICION, AMBITO, OBJETIVOS
Artículo  1. Definición.
Artículo  2. Ambito de aplicación.
Artículo  3. Objetivos.
CAPITULO 2.- CONDICIONES GENERALES DE LA EDIFICACION
Artículo   4. Ambito de Aplicación.
Artículo   5. Condiciones de la Ordenación.
Artículo   6. Profundidad edificable, ocupación y patios.
Artículo   7. Número obligatorio de plantas sobre rasante y alturas.
Artículo   8. Tratamientos de Cubiertas y Aticos.
Artículo   9. Medianerías.
Artículo 10. Retranqueos.
Artículo 11. Cuerpos Salientes.
Artículo 12. Elementos Salientes.
Artículo 13. Criterios de composición y modulación.
Artículo 14. Condiciones de ejecución material.
CAPITULO 3.- CONDICIONES PARTICULARES DE LA EDIFICACION: ACTUACIONES EN RELACION CON EL GRADO DE PROTECCION DE LOS EDIFICIOS.
Artículo 15. Ambito de aplicación.
Artículo 16. Catálogo de Edificios Protegidos.
Artículo 17. Niveles de Protección.
Artículo 18. Definición de Tipos de Actuación.
Artículo 19. Actuación máxima en relación a tipo de protección.
CAPITULO 4.- TRAMITACION.
Artículo 20. Ejecución del Plan Especial.
Artículo 21. Modificaciones en las delimitaciones de unidades de expropiación.
Artículo 22. Estudios de Detalle
Artículo 23. Proyectos de obra de renovación o nueva planta, restauración y de rehabilitación.
Artículo 24. Propuestas de Ordenación previas a la redacción de los proyectos para la concesión de las licencias de obras.
Artículo 25. Licencias de demolición.
Artículo 26. Propuesta para la obtención de licencia de obras en locales de Planta Baja.
Artículo 27. Propuesta para la obtención de licencia de obra menor que tenga como objeto la rehabilitación de fachada.
Artículo 28. Protección Arqueológica.
Artículo 29. Revisión del Catálogo de Edificios Protegidos.
Artículo 30. Comisiones.
CAPITULO 5.- ORDENANZA DE RUINAS
Artículo 31. Consideraciones del estado ruinoso de las edificaciones.
Artículo 32. Daños no reparables por los medios técnicos normales.
Artículo 33. Coste de reparación superior al 50%.
Artículo 34. Circunstancias urbanísticas.
Artículo 35. Trámite.
Artículo 36. Resolución.
Artículo 37. Declaración de ruina en Bienes de Interés Cultural.
CAPITULO 6.- CONDICIONES DE USO.
Artículo 38. Usos preexistentes.
Artículo 39. Nuevos usos.
Artículo 40. Restricción de usos en plantas bajas.
Artículo 41. Cambios de uso en edificios de Protección Integral.
CAPITULO 7.- ORDENANZA DE PUBLICIDAD.
Artículo 42. Elemento publicitario.
Artículo 43. Clasificación de elementos publicitarios.
Artículo 44. Ambito.
Artículo 45. Condiciones de la publicidad informativa.
Artículo 46. Condiciones de la actividad publicitaria.
Artículo 47. Condiciones del mobiliario urbano de publicidad.
Artículo 48. Condiciones especiales de los edificios de Protección Integral.
CAPITULO 8.- CONDICIONES DE URBANIZACION Y MOBILIARIO URBANO.
Artículo 49. Generalidades.
Artículo 50. De los materiales para pavimentaciones.
Artículo 51. Elementos de Mobiliario Urbano.
Artículo 52. Alumbrado.
CAPITULO 9.- ORDENANZA ARQUEOLOGICA
Artículo 53. Objeto.
Artículo 54. Zona de "Protección Integral".
Artículo 55. Zona de "Protección Arqueológica".
Artículo 56. Supervisión de la excavación.
Artículo 57. Zona de "Vigilancia Arqueológica".
CAPITULO 10.- ORDENANZA ARQUEOLOGICA SOBRE PROTECCION DE LA MURALLA DEL RECINTO MEDIEVAL.
Artículo 58. Definición y zonas.
Artículo 59. Condiciones.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS.

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