Nº Expediente 2014/175
Tipo de resolución Deudas en Vía de Apremio
Sentido de la resolución ESTIMADA
Sinopsis
CONCURSO DE ACREEDORES: ESTIMACIÓN. Arts. 55.1 de la Ley Concursal y 164 de la Ley General Tributaria: el período ejecutivo se inició una vez declarado el concurso de acreedores mediante auto judicial, motivo por el que no era posible acudir al procedimiento de apremio.