Nº Expediente 2007/632
Tipo de resolución Deudas en Vía de Apremio
Sentido de la resolución DESESTIMADA
Sinopsis
Consta la firma del interesado como receptor de la sanción. Tampoco puede apreciarse prescripción puesto que entre la fecha de firmeza de la sanción y la notificación de la providencia de apremio no había transcurrido el plazo previsto en el art. 81.3 de la Ley de Seguridad Vial.