Nº Expediente 2012/45
Tipo de resolución Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
Sentido de la resolución DESESTIMADA
Sinopsis
ICIO: Error en el sujeto pasivo. Prescripción. DESESTIMADA: El devengo es el momento en el que se entiende realizado el hecho imponible y se produce el nacimiento de la obligación tributaria principal. Le corresponde a la reclamante la condición de dueña de las obras cuando éstas se iniciaron y, dado que el devengo del impuesto coincide con dicho inicio, también resulta ser aquélla sujeto pasivo del impuesto. No puede entenderse prescrito el derecho de la Administración tributaria a determinar la deuda en tanto se constan en el expediente actuaciones que interrumpen el plazo de cuatro años previsto en el art. 66 de la Ley General Tributaria.