Nº Expediente 2007/391
Tipo de resolución Deudas en Vía de Apremio
Sentido de la resolución ESTIMADA
Sinopsis
La notificación edictal es defectuosa, puesto que no se cumple el requisito previsto en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, relativo a que será necesario la publicación del documento cuya notificación se intentó en el tablón de edictos del ayuntamiento correspondiente al último domicilio conocido, en este caso Torremolinos.