Nº Expediente 2007/393
Tipo de resolución Deudas en Vía de Apremio
Sentido de la resolución DESESTIMADA
Sinopsis
Consta en el expediente notificación de la sanción, motivo por el que se desestima la reclamación.
Nº Expediente 2007/393
Tipo de resolución Deudas en Vía de Apremio
Sentido de la resolución DESESTIMADA
Sinopsis
Consta en el expediente notificación de la sanción, motivo por el que se desestima la reclamación.
Nº Expediente 2007/391
Tipo de resolución Deudas en Vía de Apremio
Sentido de la resolución ESTIMADA
Sinopsis
La notificación edictal es defectuosa, puesto que no se cumple el requisito previsto en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, relativo a que será necesario la publicación del documento cuya notificación se intentó en el tablón de edictos del ayuntamiento correspondiente al último domicilio conocido, en este caso Torremolinos.
Nº Expediente 2007/390
Tipo de resolución Deudas en Vía de Apremio
Sentido de la resolución DESESTIMADA
Sinopsis
Consta en el expediente que la sanción de la que trae causa el procedimiento de apremio fue correctamente notificada mediante la publicación efectuada en el BOP de Málaga y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, después de dos intentos de notificación con resultado de destinataria ausente del domicilio. Tampoco puede aceptarse la alegación de prescripción, dado que no ha transcurrido el plazo de un año previsto en el art. 81.3 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial entre la firmeza de la sanción y la notificación de la providencia de apremio.
Nº Expediente 2007/384
Tipo de resolución Deudas en Vía de Apremio
Sentido de la resolución ESTIMADA
Sinopsis
Los intentos de notificación que condujeron a la publicación por edictos de las sanciones de las que trae causa el procedimiento de apremio objeto de reclamación, deben considerarse insuficientes a los efectos de justificar dicha notificación, adoleciendo de defectos que impiden estimar que se ajustaron a lo dispuesto en el art. 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, que exige que en el expediente quede constancia del día y la hora en que se intentó la notificación, intento que, en todo caso, debe tener lugar en hora distinta al que se practique en segundo lugar.
Nº Expediente 2007/375
Tipo de resolución Deudas en Vía de Apremio
Sentido de la resolución DESESTIMADA
Sinopsis
Se desestima la reclamación al quedar acreditado en el expediente que la sanción fue notificada mediante edictos en el BOP de Málaga tras dos intentos de notificación en su domicilio con resultado de ausente la destinataria. La segunda alegación que hace la reclamante, relativa a que si la denuncia es formulada por un agente de sectores de aparcamiento regulado no tiene presunción de veracidad, no encuentra acomodo en ninguno de los motivos de impugnación de la providencia de apremio.