Nº Expediente 2006/554
Tipo de resolución Impuesto sobre Actividades Económicas
Sentido de la resolución ESTIMADA
Sinopsis
IAE, Exención Importe Neto Cifra Negocios en caso de Sociedades: Art. 82.1 c). 2: el importe neto de la cifra de negocios será el del período impositivo cuyo plazo de presentación de declaraciones por dichos tributos hubiese finalizado el año anterior al del devengo del impuesto. TR Ley del Impuesto de Sociedades: Art. 26: el período impositivo coincide con el Ejercicio Económico de la Entidad, (que puede no coincidir con el año natural) y se debe presentar Declaración en el plazo de los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la conclusión del período impositivo. De acuerdo con estas normas, la liquidación practicada a la entidad reclamante por el año 2005 fue incorrecta, porque la cifra de negocio estaba por debajo del límite de la exención; la cifra de negocio superior al millón de euros debe atribuirse al ejercicio siguiente, 2006,en el que se practicará liquidación, anulándose la del 2005. Estimación.