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Resoluciones del Jurado Tributario
Nº Expediente
2007/592
Tipo de resolución
Otros
Sentido de la resolución
DESESTIMADA
Sinopsis
Se desestima la alegación de falta de notificación de la sanción dado que consta en el expediente
acuse de recibo de dicho acto administrativo, que fue recibido por la madre del reclamante.
Se desestiman las alegaciones relativas a falta de notificación de la sanción, puesto que consta en
el expediente notificación de aquélla a un familiar del reclamante, así como las referentes a la
supuesta prescripción de la sanción impuesta en tanto que, desde la fecha de firmeza de la misma
hasta la notificación de la providencia de apremio, no había transcurrido el plazo previsto en el
art. 81.3 de la Ley de Seguridad Vial.
Sanción Tributaria por Incomparecencia. Art. 203.5 LGT. Falta en el expediente administrativo de los
requerimientos que se dicen no atendidos: Insuficiencia de prueba a los efectos de entender
efectuados los requerimientos justificativos de la sanción impuesta. Inexistencia en el expediente
de la Resolución Sancionadora, que corresponde a la Gerencia del Organismo Autónomo de Gestión
Tributaria: improcedencia de la sanción. Estimación
Tasa de Entrada de Vehículos: Alegación de No realización del hecho imponible, por error al indicar
el número de la calle, que en realidad es acceso a vivienda y no a garaje. Reportaje fotográfico que
demuestra que el número es la entrada a la vivienda, con imposibilidad de paso de vehículos por
existencia de cerramiento de entrada sólo para paso de personas. Prueba suficiente para desvirtuar
la presunción de certeza de su declaración solicitando licencia de vado: Estimación.
Tasa Basura de Actividades Económicas. Se niega la realización del hecho imponible. Queda acreditado
en el expediente que la reclamante no realizó actividad en el municipio de Málaga, sino en el mismo
domicilio de otra localidad. Estimación.