Sinopsis
IMPUESTO DE VEHÍCULOS: Mandato Judicial de venta forzosa de vehículo, que es transferido a otra
persona sin que el Registro de Vehículos lo refleje. Frente a la titularidad puramente
administrativa del Registro, está la realidad, autenticada judicialmente, de una transferencia de
dominio, realizada en contra de la voluntad del reclamante, lo que equivale a una verdadera
transmisión forzosa, en la que, por mandato de la Ley, el órgano judicial asume la posición de
transmitente. Además, art. 32.8 del Reglamento General de Vehículos, que impone a la Jefatura de
Tráfico el deber de efectuar el cambio de titularidad cuando sobre el vehículo se haya trabado
embargo por la autoridad judicial. Recibos posteriores a la venta forzosa que se anulan, por no ser
ajustados a derecho.