Nº Expediente 2006/340
Tipo de resolución Otros
Sentido de la resolución ESTIMADA
Sinopsis
El domicilio al que se han dirigido todas las notificaciones durante el procedimiento sancionador y, posteriormente, recaudatorio, no coincide con el que figura en el registro de conductores y de vehículos de la Dirección General de Tráfico, ni con el que aparece como habitual en el Padrón de Habitantes. En consecuencia, no puede entenderse válidamente efectuada la notificación de la providencia de apremio y concurre la causa de prescripción prevista en el art. 170,3 de la LGT.