Nº Expediente 2015/320
Tipo de resolución Impuesto sobre Bienes Inmuebles
Sentido de la resolución ESTIMADA
Sinopsis
Error en la titularidad de los Bienes Inmuebles. Devolución de Intereses. De conformidad con lo dispuesto en el art. 32 de la Ley 58/2.003 de 17 de diciembre, Ley General Tributaria, el Jurado considera como indebidos los ingresos realizados ya que los mismos han sido satisfechos como consecuencia de error en la titularidad de los bienes inmuebles, lo que implica la devolución del importe ingresado más los intereses de demora devengados sin necesidad de que el obligado tributario lo solicite.